Ley 0

Artículo 57

Texto oficial

Toda ley, decreto u orden contrarios a los artículos precedentes o que impongan al ejercicio de las libertades y derechos reconocidos en ellos, otras restricciones que las que los mismos artículos permiten, o priven a los ciudadanos de las garantías que aseguran, serán inconstitucionales y no podrán ser aplicados por los jueces. Los individuos que sufran los efectos de toda orden que viole o menoscabe estos derechos, libertades y garantías, tienen acción civil para pedir las indemnizaciones por los perjuicios que tal violación o menoscabo les cause, contra el empleado o funcionario que la haya autorizado o ejecutado.

Qué significa en la práctica

Toda ley, decreto u orden contrarios a los derechos y es inconstitucional y no puede aplicarse. Los afectados tienen acción civil contra los funcionarios responsables.

Ejemplo práctico

Un policía que detiene ilegalmente a una persona puede ser demandado civilmente en forma personal —además del Estado— por los daños ocasionados. Este artículo habilita la acción directa contra el funcionario que ejecutó la orden inconstitucional.

Efectos prácticos

  • Los jueces deben declarar inconstitucional cualquier norma que viole los derechos constitucionales
  • Los ciudadanos perjudicados por actos inconstitucionales pueden demandar civilmente a los funcionarios responsables
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