Ley 0

Artículo 101El Poder Judicial

Texto oficial

El Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es ejercido por el Tribunal Superior de Justicia, los demás tribunales que la ley establezca y el Consejo de la Magistratura.

Qué significa en la práctica

El Poder Judicial de la Ciudad se compone del Tribunal Superior de Justicia (máximo órgano), los tribunales inferiores (Cámaras, juzgados) y el Consejo de la Magistratura (que administra y designa jueces). Los tres integran el sistema judicial porteño.

Ejemplo práctico

Un vecino que quiere impugnar una multa del GCBA puede ir al Juzgado Contencioso Administrativo. Si llega a apelación máxima, el caso puede llegar al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.

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