Un jurado de enjuiciamiento integrado por legisladores, jueces y abogados, en igual número de cada sector, juzga a los magistrados del Poder Judicial, previo proceso de acusación del Consejo de la Magistratura, por mal desempeño, en el ejercicio de sus funciones o crimen común. La solo puede imponer la destitución. El destituido queda inhabilitado para ejercer cargos públicos.
Qué significa en la práctica
Los jueces de la Ciudad (excepto el Tribunal Superior) pueden ser removidos por un Jurado de Enjuiciamiento compuesto por legisladores, jueces y abogados en partes iguales. La acusación la formula el Consejo de la Magistratura. La única sanción posible es la destitución, con inhabilitación para cargos públicos.
Ejemplo práctico
Si un juez de primera instancia dicta sentencias a cambio de dinero, el Consejo de la Magistratura puede acusarlo ante el Jurado de Enjuiciamiento. Si el Jurado lo condena, el juez pierde su cargo y queda inhabilitado permanentemente para ejercer funciones públicas.