Ley 0

Artículo 136Capacitación de agentes públicos

Texto oficial

La Ciudad garantiza la formación y la capacitación permanente de los agentes públicos. El acceso a cargos superiores es por concurso, mérito y antigüedad, según establezca la ley.

Qué significa en la práctica

El GCBA debe capacitar permanentemente a sus empleados. Para ascender a cargos superiores, los agentes deben concursar y demostrar mérito y antigüedad —no alcanza con tener padrinos políticos.

Ejemplo práctico

El Instituto Superior de la Carrera (ISC) del GCBA ofrece capacitaciones gratuitas a los agentes públicos en cumplimiento de este artículo. Para un ascenso a coordinador o director, el agente debe presentarse a un concurso.

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