Ley 0

Artículo 138Delegación de funciones

Texto oficial

Los órganos del Gobierno de la Ciudad no pueden delegar sus atribuciones, salvo que la ley lo establezca expresamente. La delegación no exime al órgano delegante de la responsabilidad política por los actos del delegado.

Qué significa en la práctica

Un órgano del Estado porteño no puede transferir sus funciones a otro sin que la ley lo permita expresamente. Y aunque delegue, sigue siendo responsable por lo que haga el órgano al que delegó. La delegación no es una forma de eludir responsabilidades.

Ejemplo práctico

La Legislatura no puede delegar en el Ejecutivo la función de aprobar el presupuesto. Si el Ministerio de Hacienda delega en una subsecretaría ciertas funciones de fiscalización, el Ministro sigue siendo políticamente responsable de cómo las ejerce esa subsecretaría.

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