Ley 0

Artículo 56Endeudamiento

Texto oficial

Los empréstitos e inversiones requieren ley. Las obligaciones de pago contraídas por la Ciudad con sus empleados y jubilados tienen primera prioridad en la ejecución presupuestaria.

Qué significa en la práctica

La Ciudad solo puede endeudarse (tomar créditos o emitir bonos) si lo autoriza una ley de la Legislatura. Además, el pago de sueldos a empleados públicos y haberes a jubilados locales tiene prioridad absoluta sobre cualquier otro gasto en la ejecución del presupuesto.

Ejemplo práctico

El Jefe de Gobierno no puede tomar un crédito internacional para financiar obras sin que la Legislatura lo autorice por ley. Si hay un ajuste fiscal, los sueldos públicos y las jubilaciones porteñas no pueden ser recortados antes que otros gastos.

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