Artículo 78Juicio de las elecciones de legisladores
Texto oficial
La Legislatura juzga la validez de las elecciones, derechos y títulos de sus miembros.
Qué significa en la práctica
La Legislatura tiene la última palabra sobre si la elección de cada uno de sus miembros fue válida. Si surge una impugnación sobre la elección de un legislador, la propia Legislatura la resuelve (no los jueces electorales).
Ejemplo práctico
Si se impugna el resultado de la elección de un legislador por supuestas irregularidades en el escrutinio de su circunscripción, la Legislatura puede revisar los títulos y decidir si el legislador asume o no.