Artículo 88Ente Único Regulador de Servicios Públicos
Texto oficial
El control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la Ciudad de Buenos Aires, es ejercida por un Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad, que tiene personería jurídica, independencia funcional y legitimación procesal. Es conducido por un directorio cuyos miembros son elegidos por concurso público de antecedentes y oposición. Está bajo control de la Legislatura y su financiamiento proviene de las empresas reguladas.
Qué significa en la práctica
El Ente Único Regulador (ERSP) controla la calidad de todos los servicios públicos de la Ciudad (subte, colectivos, recolección de residuos, etc.). Sus directores son elegidos por concurso —no por el Gobierno— y puede actuar judicialmente en defensa de los usuarios. Sus fondos vienen de las propias empresas reguladas.
Ejemplo práctico
Si una empresa concesionaria de recolección de residuos incumple los parámetros del contrato, el ERSP puede multarla y —si el Gobierno no actúa— puede demandarla judicialmente. Los usuarios también pueden presentar quejas ante el ERSP.