Ley 0

Artículo 147Deber y facultad de concurrir a las sesiones de la Cámara de Diputados

Texto oficial

Los ministros deben asistir a las sesiones de la Cámara de Diputados cuando fueren llamados por ella a suministrar informes. Pueden también hacerlo cuando lo crean conveniente y tomar parte en sus discusiones.

Qué significa en la práctica

La Cámara puede citar a cualquier ministro para que dé explicaciones y él está obligado a concurrir. Pero también pueden ir por iniciativa propia cuando quieran defender una posición del Ejecutivo o participar en el debate de un proyecto.

Ejemplo práctico

La Cámara cita al Ministro de Hacienda para explicar un desvío presupuestario; el ministro debe concurrir y responder las preguntas de los diputados.

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