Los ministros son solidariamente responsables con el Gobernador de los actos que autoricen y personalmente de los que realicen por sí, sin que pueda eximirlos de tal responsabilidad el hecho de haber procedido en virtud de órdenes emanadas de aquél.
Qué significa en la práctica
Un ministro no puede escudarse en que "el Gobernador me lo ordenó" para eludir su responsabilidad. Cuando firma un acto junto al Gobernador responde solidariamente; cuando actúa solo responde personalmente. La orden del Gobernador no lo exime.
Ejemplo práctico
Si el ministro de Obras Públicas refrenda un decreto que adjudica una licitación en forma irregular, responde junto al Gobernador aunque haya firmado por orden superior.