Artículo 174Recursos y demandas del Fiscal de Estado
Texto oficial
El Fiscal de Estado tendrá la de demandar la inconstitucionalidad o de leyes, decretos, resoluciones o actos públicos contrarios a las prescripciones de esta Constitución que en cualquier forma perjudiquen los derechos e intereses de la Provincia y de recurrir, en general, ante el contencioso-administrativo respecto de cualquier emanado del Estado, no ajustado al marco jurídico de legalidad objetiva al cual debe someter su funcionamiento.
Qué significa en la práctica
El Fiscal de Estado no solo defiende a la Provincia cuando la demandan: también tiene la de atacar normas o actos estatales que violen la Constitución o perjudiquen los intereses provinciales. Si ve una resolución ilegal del Gobierno, debe recurrir ante el contencioso-administrativo, incluso contra el propio Poder Ejecutivo.
Ejemplo práctico
Si el Gobernador firma un decreto que regalas tierras fiscales en violación a la Constitución, el Fiscal de Estado tiene la obligación de demandar la nulidad de ese decreto ante el Superior Tribunal.