Ley 0

Artículo 34Beneficio de gratuidad en actuaciones laborales

Texto oficial

Todas las actuaciones administrativas y judiciales de las organizaciones gremiales y de los trabajadores gozará del beneficio de gratuidad.

Qué significa en la práctica

Los trabajadores y sus sindicatos no deben pagar tasas de justicia, sellados ni costos procesales en ningún trámite judicial o administrativo laboral. Esto elimina la barrera económica para acceder a la justicia del trabajo.

Ejemplo práctico

Un empleado que inicia una demanda por salarios adeudados ante el fuero laboral no paga tasa de justicia.

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