Ley 0

Artículo 52Función social del cooperativismo

Texto oficial

La Provincia reconoce la función social de la cooperación libre sin fines de lucro. Promoverá y favorecerá su incremento con los medios más idóneos y asegurará una adecuada asistencia, difusión y fiscalización que proteja el carácter y finalidad de la misma.

Qué significa en la práctica

El Estado del Chaco reconoce que las cooperativas cumplen una función social importante. El gobierno debe promoverlas y apoyarlas con los mejores medios disponibles, garantizando además que cuenten con información y supervisión para preservar su naturaleza sin fines de lucro.

Ejemplo práctico

Una cooperativa de productores agrícolas puede acceder a subsidios y asistencia técnica del Estado provincial para mejorar su funcionamiento y escala.

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