La Presidencia de la Legislatura es ejercida por el Vicegobernador quien no tiene voto sino en caso de empate. La Legislatura nombra de su seno un Vicepresidente primero y un Vicepresidente segundo, quienes proceden a desempeñar la Presidencia por su orden en el caso de ausencia del Vicegobernador o cuando éste ejerce el Poder Ejecutivo.
Qué significa en la práctica
El Vicegobernador preside la Legislatura pero no vota (salvo empate). La Cámara elige de entre sus propios miembros a un Vicepresidente 1° y un Vicepresidente 2° que lo reemplazan en su ausencia o cuando asume el Ejecutivo.
Ejemplo práctico
Si el Gobernador renuncia y el Vicegobernador asume el Ejecutivo, la Legislatura queda presidida por su Vicepresidente 1°, quien sí puede votar en caso de empate.