Ley 0

Artículo 100Sesiones extraordinarias

Texto oficial

Pueden también ser convocadas extraordinariamente por el Poder Ejecutivo, o por el Presidente de la Asamblea Legislativa a petición escrita de la quinta parte del total de los miembros de cada Cámara.

Qué significa en la práctica

Fuera del período ordinario se puede convocar a sesiones extraordinarias: lo hace el Gobernador por iniciativa propia, o el presidente de la Asamblea si lo piden por escrito el 20% de los miembros de cada cámara.

Ejemplo práctico

En enero, si hay una emergencia legislativa (catástrofe natural, crisis presupuestaria), el Gobernador puede convocar a sesiones extraordinarias para tratarla específicamente.

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