Ley 0

Artículo 114Remuneración de legisladores

Texto oficial

Los Senadores y Diputados gozarán de una determinada por ley, la que no podrá ser aumentada sino con dos tercios de votos de la totalidad de los miembros de cada Cámara.

Qué significa en la práctica

Los legisladores cobran un fijado por ley. Para aumentarlo se exige una mayoría agravada de 2/3 de todos los miembros (no solo los presentes), lo que hace muy difícil los aumentos por capricho: requiere consenso amplio.

Ejemplo práctico

Si los 13 senadores quieren aumentarse el sueldo, necesitan al menos 9 votos a favor (2/3 de 13); no alcanza con mayoría simple, lo que previene aumentos abusivos.

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