Ley 0

Artículo 146Titular del Poder Ejecutivo

Texto oficial

El Poder Ejecutivo será desempeñado por un ciudadano con el título de Gobernador de la Provincia, y en su defecto, por un Vicegobernador elegido al mismo tiempo y por el mismo período que aquél.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo es unipersonal: lo ejerce el Gobernador. El Vicegobernador es elegido como binomio en la misma elección y por el mismo período; lo reemplaza si el Gobernador no puede ejercer.

Ejemplo práctico

En las elecciones, la boleta tiene el binomio Gobernador-Vicegobernador; el ciudadano vota el binomio completo y ambos tienen el mismo mandato de 4 años.

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