Ley 0

Artículo 147Requisitos para ser Gobernador o Vicegobernador

Texto oficial

Para ser Gobernador y Vicegobernador se requiere: 1) Tener treinta (30) años de edad. 2) Haber nacido en el territorio argentino, o ser hijo de padre y madre nacidos en territorio argentino si se nació en país extranjero, y estar en ejercicio de la ciudadanía. 3) Haber tenido domicilio en la Provincia, el nativo de ella, durante los tres (3) años inmediatos a la elección y el no nativo durante seis (6) años, salvo respecto del primer caso que la ausencia haya sido motivada por de la Nación o de la Provincia.

Qué significa en la práctica

Los tres requisitos son: 30 años de edad, ciudadanía argentina de nacimiento (o hijo de padre/madre argentina si nació en el exterior) en ejercicio activo, y residencia previa en la provincia: 3 años para nativos de Corrientes o 6 para los que no son de la provincia. La ausencia por no interrumpe el domicilio.

Ejemplo práctico

Un ciudadano nacido en Corrientes que pasó 2 años en Buenos Aires por trabajo privado no cumple los 3 años de residencia; pero si estuvo en Buenos Aires como funcionario nacional, esa ausencia no interrumpe el domicilio.

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