Ley 0

Artículo 149Tratamiento oficial del Gobernador

Texto oficial

El tratamiento oficial del Gobernador y del Vicegobernador, en el desempeño del mando será el de Excelencia.

Qué significa en la práctica

En actos oficiales y documentos formales, el Gobernador y el Vicegobernador reciben el tratamiento de "Excelencia" durante el ejercicio de sus funciones. Es una norma constitucional de protocolo y ceremonial.

Ejemplo práctico

Una nota oficial dirigida al Gobernador de Corrientes debe encabezarse con "A Su Excelencia el Sr. Gobernador…" durante el período de su mandato.

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