Artículo 156Elección del Gobernador por doble vuelta
Texto oficial
El Gobernador y el Vicegobernador de la Provincia son elegidos directamente por el pueblo en doble vuelta. A este fin el territorio provincial conforma un distrito único. La convocatoria a elección se efectúa entre los seis (6) y tres (3) meses y la elección debe realizarse entre los cuatro (4) y dos (2) meses, en ambos casos antes de la conclusión del del Gobernador y Vicegobernador en ejercicio. Si la fórmula que resulta ganadora en la primera vuelta hubiera obtenido más del cuarenta y cinco por ciento (45%) de los votos afirmativos válidamente emitidos, sus integrantes serán proclamados como Gobernador y Vicegobernador de la Provincia. También lo serán si hubiera obtenido el cuarenta por ciento (40%) por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos, y además existiera sobre la fórmula que le sigue en número de votos, una diferencia mayor a diez (10) puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos.
Qué significa en la práctica
La elección usa ballotage: gana en primera vuelta quien obtiene más del 45%, o quien tiene el 40% o más con ventaja superior a 10 puntos sobre el segundo. Si ninguno cumple esas condiciones, hay segunda vuelta entre los dos más votados. La convocatoria debe hacerse entre 3 y 6 meses antes del fin del anterior.
Ejemplo práctico
Si la fórmula A obtiene 42% y la B 30% (diferencia de 12 puntos), A gana en primera vuelta. Pero si A tiene 42% y B 38% (solo 4 puntos de diferencia), va a ballotage.