Artículo 227Microrregiones y relaciones intermunicipales
Texto oficial
Los municipios pueden crear microrregiones para desarrollar materia de propia o delegada a nivel intermunicipal y supramunicipal y establecer organismos con facultades para el cumplimiento de esos fines. La participación en microrregiones es voluntaria. Las relaciones intermunicipales y supramunicipales pueden involucrar sujetos públicos, privados y del tercer sector, y organismos internacionales.
Qué significa en la práctica
Los municipios pueden asociarse voluntariamente con otros para gestionar servicios o proyectos comunes. Estas asociaciones (microrregiones) pueden incluir también actores privados, organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales.
Ejemplo práctico
Varios municipios del norte correntino pueden crear una microrregión para gestionar conjuntamente el tratamiento de residuos sólidos o el turismo de la región.