Ley 0

Artículo 53Política ambiental del Estado

Texto oficial

El Estado Provincial fija la política ambiental, protege y preserva la integridad del ambiente, la , el uso y la administración racional de los recursos naturales, promueve el desarrollo productivo compatible con la calidad ambiental, el uso de tecnologías no contaminantes y la disminución de la generación de residuos nocivos, dicta la legislación destinada a prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, sanciona su incumplimiento y exige la reparación de los daños. La política ambiental provincial debe formularse teniendo en cuenta los aspectos políticos, ecológicos, sociales, culturales y económicos de la realidad local, con el objeto de asegurar el uso adecuado de los recursos naturales, optimizar la producción y utilización de los diferentes ecosistemas, garantizar la mínima degradación y promover la participación social en las decisiones fundamentales relacionadas con el desarrollo sustentable provincial.

Qué significa en la práctica

El Estado provincial tiene la constitucional de fijar y ejecutar una política ambiental integral que proteja la , promueva tecnologías limpias, reduzca residuos y garantice la participación ciudadana en el desarrollo sustentable. Debe sancionar los incumplimientos y exigir reparación de daños.

Ejemplo práctico

Una empresa industrial que contamina el suelo sin permiso está sujeta a sanciones; el Estado puede exigirle la remediación ambiental y resarcir los daños causados al ecosistema.

← Ver en Constitución de la Provincia de Corrientes completaConstituciones