Ley 0

Artículo 6Libertad de expresión y prensa

Texto oficial

La libertad de la palabra hablada y escrita es un derecho. Toda persona puede ilimitada y libremente, en cualquier forma, manifestar sus ideas y opiniones, examinar y censurar la conducta de los poderes y funcionarios públicos, pero será responsable del abuso que haga de esta libertad. No se dictarán leyes ni medida alguna que restrinjan el ejercicio de aquella y en las causas a que diera lugar su abuso, se admitirá la prueba, siempre que fuese el injuriado un funcionario o empleado público. Es de los funcionarios o empleados públicos, acusar toda publicación en que se les imputen faltas o delitos cuya averiguación interese a la sociedad.

Qué significa en la práctica

Toda persona puede expresarse libremente, criticar a los funcionarios y examinar su conducta. No puede haber leyes que restrinjan esta libertad. Si un funcionario es injuriado o acusado de delitos, puede defenderse en juicio y allí se admite la prueba de verdad. Los funcionarios tienen incluso la de accionar judicialmente cuando se les imputan hechos de interés público.

Ejemplo práctico

Un periodista que publica que un ministro cobró coimas no puede ser censurado previamente; si el ministro considera falsa la afirmación, debe iniciar acción penal por calumnias o injurias y allí se debatirá la verdad del hecho.

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