Artículo 182Funciones del Consejo de la Magistratura
Texto oficial
Son funciones del Consejo de la Magistratura: a) Seleccionar, mediante concurso público de antecedentes, oposición y entrevista personal, siguiendo criterios objetivos predeterminados de evaluación, a los postulantes para cubrir los cargos inferiores de magistrados judiciales y funcionarios de los Ministerios Públicos Fiscal y de la Defensa. b) Intervenir en la selección de jueces de paz a propuesta de los municipios o comunas que lo soliciten. c) Emitir propuestas en ternas vinculantes y elevarlas al Poder Ejecutivo. d) Dictar su propia reglamentación administrativa.
Qué significa en la práctica
El Consejo selecciona candidatos por concurso (antecedentes, examen y entrevista), elabora ternas vinculantes para el Ejecutivo, participa en la designación de jueces de paz y regula su propio funcionamiento.
Ejemplo práctico
Un abogado que quiere ser juez de primera instancia debe presentarse al concurso del Consejo; solo si queda en la terna puede ser designado por el gobernador.