Artículo 208Fiscal anticorrupción del Ministerio Público
Texto oficial
Un Fiscal del Ministerio Público, con en el territorio de la Provincia, tendrá a su cargo, la investigación y acusación de los hechos de corrupción y otros delitos contra la administración pública. Su titular y demás integrantes serán fiscales designados con intervención del Consejo de la Magistratura. La Procuración General asegurará los medios, el apoyo tecnológico, la continuidad y estabilidad, para el cumplimiento de su cometido.
Qué significa en la práctica
Existe un fiscal especializado con provincial para investigar y acusar hechos de corrupción y delitos contra la administración pública, apoyado tecnológica y logísticamente por la Procuración General.
Ejemplo práctico
Si un funcionario público es sospechado de malversación de fondos, el fiscal anticorrupción puede abrirle una investigación penal.