Ley 0

Artículo 208Fiscal anticorrupción del Ministerio Público

Texto oficial

Un Fiscal del Ministerio Público, con en el territorio de la Provincia, tendrá a su cargo, la investigación y acusación de los hechos de corrupción y otros delitos contra la administración pública. Su titular y demás integrantes serán fiscales designados con intervención del Consejo de la Magistratura. La Procuración General asegurará los medios, el apoyo tecnológico, la continuidad y estabilidad, para el cumplimiento de su cometido.

Qué significa en la práctica

Existe un fiscal especializado con provincial para investigar y acusar hechos de corrupción y delitos contra la administración pública, apoyado tecnológica y logísticamente por la Procuración General.

Ejemplo práctico

Si un funcionario público es sospechado de malversación de fondos, el fiscal anticorrupción puede abrirle una investigación penal.

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