Ley 0

Artículo 244Facultad tributaria exclusiva de los municipios

Texto oficial

Los municipios ejercerán de modo exclusivo su facultad de imposición respecto a personas, cosas o actividades sujetas a su , respetando los principios de la tributación y la armonización con los regímenes impositivos provincial y federal.

Qué significa en la práctica

Los municipios ejercen de modo exclusivo su potestad tributaria en su , coordinándose con los regímenes provincial y federal.

Ejemplo práctico

El municipio puede crear una tasa de habilitación comercial que no sea idéntica a un impuesto provincial ya existente.

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