Artículo 245Criterios de coparticipación impositiva municipal
Texto oficial
La asignación de la coparticipación a municipios y comunas se efectuará, teniendo en cuenta, para la distribución primaria, las competencias, servicios y funciones de la Provincia y el conjunto de municipios, y para la distribución secundaria criterios objetivos de reparto que contemplen los principios de proporcionalidad y redistribución solidaria, mediante aplicación de indicadores devolutivos, redistributivos y de eficiencia fiscal que tiendan a lograr un grado equivalente de desarrollo y de calidad de vida de los habitantes.
Qué significa en la práctica
La distribución de coparticipación a municipios y comunas considera competencias, servicios y criterios objetivos de proporcionalidad y redistribución solidaria entre las jurisdicciones.