Ley 0

Artículo 135Etica

Texto oficial

Los jueces y miembros de los Ministerios Públicos deberán desempeñarse observando una conducta ejemplar en todas sus actividades, tanto oficiales como privadas de tal forma que ese comportamiento mantenga y promueva la confianza pública. Esta norma comprende la de actuar respetando los principios y pautas éticas.
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