Texto oficial
Los concejos municipales, los miembros de éstos y los empleados nombrados por ellos, están sujetos a las siguientes responsablidades: 1 - Los cuerpos municipales responden ante los tribunales ordinarios de sus omisiones y de sus transgresiones a la Constitución y a las leyes. 2 - Los miembros de las municipalidades, responden personalmente, no sólo de cualquier acto definido y penado por la ley, sino también de los daños y perjuicios que provengan de la falta de cumplimiento de sus deberes. 3 - Los intendentes municipales y los miembros del concejo pueden ser removidos de sus cargos por mala conducta o abusos en el manejo de los fondos municipales, sin perjuicios de las responsabilidades civiles o criminales en que incurran por estas causas. La remoción sólo podrá ser resuelta por el voto de dos tercios del total de los miembros del concejo.