Ley 11.683

Artículo 66Suspensión de la prescripción (dos años)

Texto oficial

Se suspenderá por DOS (2) años el curso de la de las acciones y poderes fiscales para determinar y percibir tributos y aplicar sanciones con respecto a los inversionistas en empresas que gozaren de beneficios impositivos provenientes de regímenes de promoción industriales, regionales, sectoriales o de cualquier otra índole, desde la intimación de pago efectuada a la empresa titular del beneficio. Interrupción de la

Qué significa en la práctica

Suspende por dos años el curso de la en los casos que indica.

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