Artículo 66Suspensión de la prescripción (dos años)
Texto oficial
Se suspenderá por DOS (2) años el curso de la de las acciones y poderes fiscales para determinar y percibir tributos y aplicar sanciones con respecto a los inversionistas en empresas que gozaren de beneficios impositivos provenientes de regímenes de promoción industriales, regionales, sectoriales o de cualquier otra índole, desde la intimación de pago efectuada a la empresa titular del beneficio.
Interrupción de la
Qué significa en la práctica
Suspende por dos años el curso de la en los casos que indica.