La explotación de la propiedad intelectual sobre los programas de computación incluirá entre otras formas los contratos de licencia para su uso o reproducción.
(Artículo incorporado por Art. 4 — Ley 25.036 B.O. 11/11/1998).
DE LOS INTERPRETES
Qué significa en la práctica
La explotación de los programas de computación incluye los contratos de licencia de uso o reproducción.