Ley 14.473

Artículo 128Institutos técnicos superiores

Texto oficial

En los institutos técnicos superiores destinados al perfeccionamiento técnico y docente de los egresados y personal docente de los establecimientos de enseñanza técnica, la provisión de cargos docentes, y de cátedras se realizará por concurso de títulos, antecedentes y oposición.

Qué significa en la práctica

Regula el personal de los institutos técnicos superiores de perfeccionamiento técnico y docente.

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