Los inspectores o funcionarios autorizados por el Ministerio de Asistencia Social y Salud Pública tendrán la facultad de penetrar en los locales, habilitados o no, donde se ejerzan actividades comprendidas en la presente ley.
Qué significa en la práctica
Los inspectores o funcionarios autorizados por la autoridad sanitaria tienen la facultad de penetrar en los locales, estén habilitados o no, donde se ejerzan actividades comprendidas en la ley. La aclaración «habilitados o no» es deliberada: el control alcanza también a los establecimientos clandestinos, que son precisamente los que más importa inspeccionar.