Ley 16.463

Artículo 15Fondos para poner en marcha el Instituto

Texto oficial

Facúltase al Poder Ejecutivo para invertir hasta la suma de cien millones de pesos moneda nacional (m$n. 100.000.000), que se tomarán de rentas generales con imputación a esta ley, para organizar y poner en funcionamiento el Instituto de Farmacología y de Normalización de Drogas y Medicamentos, con organismo del Ministerio de Asistencia Social y Salud Pública, cuyas funciones se especifican en el artículo anterior.

Qué significa en la práctica

Faculta al Poder Ejecutivo a invertir hasta cien millones de pesos moneda nacional (m$n. 100.000.000), tomados de rentas generales con imputación a esta ley, para organizar y poner en funcionamiento el Instituto de Farmacología y de Normalización de Drogas y Medicamentos como organismo de la autoridad sanitaria, con las funciones del artículo anterior. Es una autorización de gasto por única vez, expresada en la moneda de 1964.
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