El seguro no comprende los daños, salvo pacto en contrario:
a. Derivados de epizootía o enfermedades por las que corresponda al asegurado un derecho a con recursos publicas, aun cuando el derecho se hubiera perdido a consecuencia de una violación de normas sobre policía sanitaria;
b. Causados por incendio, rayo, explosión, inundación o terremoto;
c. Ocurridos durante o en ocasión del transporte, carga o descarga.
Subrogación
Qué significa en la práctica
Enumera los daños no comprendidos salvo pacto: epizootias, enfermedades sujetas a sacrificio, etc.