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Art. 101
Ley 17.418
Artículo 101
Subrogación en seguro de animales
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Texto oficial
En la aplicación del
artículo 80
el asegurador se subrogará en los derechos dei asegurado por los
vicios redhibitorios
que resulten resarcidos. Derecho de inspección
Qué significa en la práctica
El asegurador se subroga en los derechos del asegurado por los
vicios redhibitorios
.
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