Ley 17.454

Artículo 506Excepciones admisibles

Texto oficial

Sólo se considerarán legítimas las siguientes excepciones: 1) Falsedad de la ejecutoria. 2) de la ejecutoria. 3) Pago. 4) Quita, espera o remisión. PRUEBA

Qué significa en la práctica

Enumera las excepciones admisibles en la .

Normas relacionadas

← Ver en Código Procesal Civil y Comercial de la Nación completaLeyes