Ley 17.454

Artículo 630Insano fuera del lugar

Texto oficial

Cuando al tiempo de formularse la denuncia el presunto insano estuviera internado, el juez deberá tomar conocimiento directo de aquél y adoptar todas las medidas que considerase necesarias para resolver si debe o no mantenerse la internación. CALIFICACION MEDICA

Qué significa en la práctica

Regula el caso del presunto insano que está fuera del lugar del juicio.

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