Resumen ejecutivo
La Ley del Registro Nacional de las Personas (1968) es la ley que organiza el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) —creado por la Ley 13.482— y ordena todo el sistema de identificación de las personas en la Argentina. Establece que todas las personas de existencia visible domiciliadas en el país o en argentina deben ser inscriptas, se les asigna un número de matrícula individual (el DNI) y se registran sus datos identificatorios (nombre, filiación, huellas, fotografía, datos biométricos). El RENAPER expide con carácter exclusivo el Documento Nacional de Identidad, y su presentación es obligatoria para acreditar la identidad; ningún otro documento puede exigirse a ese fin. La ley regula la inscripción de recién nacidos, la actualización de datos a determinadas edades, la identificación de extranjeros, la cooperación de las autoridades y del registro civil (que le comunica nacimientos y defunciones), un régimen penal con penas de prisión por adulteración, falsificación o uso indebido del DNI, y un régimen de multas por incumplir la identificación. Es la norma fundacional del DNI argentino, articulada con la Ley del Registro Civil del Registro del Estado Civil y con el Código Civil y Comercial.Objetivo
Organizar el Registro Nacional de las Personas y el régimen de identificación, registro y clasificación de las personas mediante el Documento Nacional de Identidad.Problema que resuelve
Da un sistema único y obligatorio de identificación de las personas y de emisión del DNI.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes