Resumen ejecutivo
La Ley del Registro Civil (2008) es la ley marco del Registro del Estado Civil y de las Personas en la Argentina, en reemplazo del viejo Decreto Ley 8204/63. Ordena que todo acto o hecho que dé origen, altere o modifique el estado civil y la de las personas —nacimientos, matrimonios, defunciones, reconocimientos, adopciones, incapacidades— se inscriba en los registros civiles de las provincias, de la Nación y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El registro lo organizan las provincias y la Ciudad, a cargo de un director general abogado. La ley regula cómo se llevan los libros y las inscripciones (instrumentos públicos), fija el 'Certificado Médico de Nacimiento' prenumerado y los plazos para inscribir nacimientos (40 días, prórroga ) y defunciones (2 días hábiles), disciplina el matrimonio y el consentimiento a distancia, la licencia de inhumación o cremación, los documentos de extraña y las inscripciones ordenadas judicialmente. Crea además el Consejo Federal de Registros del Estado Civil. Es la base registral del estado civil de las personas, articulada con el Código Civil y Comercial y con la Ley del Registro Nacional de las Personas del Registro Nacional de las Personas.Objetivo
Organizar el Registro del Estado Civil y de las Personas y regular la inscripción de nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que hacen al estado civil.Problema que resuelve
Da un régimen uniforme para registrar y probar el estado civil y la de las personas en todo el país.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes