Ley 18.345

Artículo 104Corrección de errores materiales

Texto oficial

Errores aritméticos, de nombres, etc. Los errores aritméticos y sobre los nombres o calidades de las partes en que se hubiere incurrido en la se podrán corregir en cualquier estado del juicio.

Qué significa en la práctica

Los errores aritméticos y los referidos a los nombres o calidades de las partes pueden corregirse, incluso .

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