Ley 18.345

Artículo 163Creación de nuevos juzgados

Texto oficial

Nuevos juzgados. Además e los actuales TREINTA (30) se instalarán los DIEZ (10) juzgados creados en el segundo párrafo del Art. 47 — Ley 13.998.

Qué significa en la práctica

Crea diez juzgados además de los treinta ya existentes.

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