Ley 1.919

Artículo Hidrocarburos 2Facultades del Estado

Texto oficial

El Estado Nacional y los Estados Provinciales pueden explorar y explotar minas e industrializar, comerciar y transportar los productos de las mismas directamente o por convenios entre si o mediante las sociedades mixtas autorizadas por este APENDICE.

Qué significa en la práctica

La Nación y las provincias pueden explorar, explotar, industrializar, comerciar y transportar hidrocarburos directamente, por convenios entre sí o mediante las sociedades mixtas que este Apéndice autoriza.

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