Ley 19.945

Artículo 128 bisActos de proselitismo

Texto oficial

Actos de proselitismo. Publicación de encuestas y proyecciones. Se impondrá multa de entre diez mil ($ 10.000) y cien mil pesos ($ 100.000) a toda persona física o jurídica que violare las prohibiciones impuestas por el artículo 71 en sus incisos f) y h) de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Sanciona con multa a quien viole las prohibiciones de proselitismo y de publicación de encuestas y proyecciones en los plazos vedados (Art. 71 incs. f y h).

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