Ley 20.247

Artículo 39Información engañosa

Texto oficial

Quien proporcione información o realice propaganda que, en cualquier forma, induzca o pudiere inducir a error, sobre las cualidades o condiciones de una semilla, no proporcione o falsee una información que por esta ley esté obligado, será sancionado con apercibimiento o multa de un mil pesos ($ 1.000) a sesenta mil pesos ($ 60.000).

Qué significa en la práctica

Sanciona con apercibimiento o multa a quien induzca a error sobre las cualidades de una semilla.

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