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Ley 20.266

VigenteNacional

Régimen Legal de Martilleros

Sanción:10 de abril de 1973Promulgación:10 de abril de 1973BO:17 de abril de 1973Ver fuente oficial
31artículos
martillerosrematessubastascorredoresactividad comercial
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley de Martilleros y Corredores (1973) establece el régimen legal del martillero (rematador) en la Argentina, incorporado al Código de Comercio (hoy la materia se integra al Código Civil y Comercial). Fija las condiciones habilitantes para ser martillero (mayoría de edad, título secundario y aprobar un examen de idoneidad ante un tribunal de alzada con comercial), las inhabilidades (quienes no pueden ejercer el comercio, fallidos con conducta fraudulenta, inhibidos, ciertos condenados) y las incompatibilidades. Regula la matrícula (inscripción por , garantía real o personal, legajos públicos) y su gobierno por el organismo profesional o judicial local. Detalla las facultades del martillero (efectuar remates de cualquier bien, tasar, recabar informes) y sus obligaciones (llevar los libros rubricados, comprobar la titularidad del bien, convenir por escrito con el vendedor, anunciar el remate con la publicidad e identificación exigidas, realizar el acto explicando las condiciones, aceptar posturas de viva voz, suscribir el instrumento de venta, percibir la seña y rendir cuentas en cinco días). Fija sus derechos (comisión sobre el precio obtenido y reintegro de gastos, aun si el remate fracasa por causas ajenas), las prohibiciones (descuentos de comisión, comprar para sí, ceder la bandera, usar los términos "judicial/oficial", etc.), el régimen de sanciones (multa, suspensión y cancelación de la matrícula) y las reglas de las subastas judiciales. La Reforma de Martilleros y Corredores (1999) incorporó a este régimen el del corredor, exigiendo título universitario. Es la norma de base de la actividad de martilleros y corredores.

Objetivo

Regular la profesión de martillero: habilitación, matrícula, facultades, obligaciones, derechos y sanciones.

Problema que resuelve

Ordena y da seguridad jurídica a la actividad de los rematadores y a las subastas de bienes.

A quiénes alcanza

martilleros y corredorescompradores en rematevendedoresorganismos de matrícula
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El martillero debe llevar los libros rubricados, comprobar la titularidad del bien, convenir por escrito con el vendedor, anunciar el remate con su identificación y rendir cuentas dentro de los cinco días.
  • Debe matricularse en la donde actúe y constituir una garantía.

Derechos que reconoce

  • El martillero tiene derecho a cobrar una comisión sobre el precio obtenido y al reintegro de los gastos del remate, incluso si el remate fracasa por causas que no le son imputables.

Casos de uso

  • Conocer los requisitos para ser martillero.
  • Entender las obligaciones y responsabilidades en un remate.

Preguntas frecuentes

Ser mayor de edad, no estar comprendido en las inhabilidades, poseer título secundario y aprobar un examen de idoneidad ante un tribunal de alzada con comercial, y luego matricularse en la donde se actúe constituyendo una garantía. (Para el corredor, la Reforma de Martilleros y Corredores exige título universitario.)