El consejo consultivo honorario debe ser convocado para el tratamiento de todos aquellos asuntos que por su trascendencia requieran su opinión, y en especial: 1º. Proyectos de reforma del régimen legal de las cooperativas; 2º. Distribución de los recursos del Instituto Nacional de Acción Cooperativa que se destinen a préstamos de fomento o subsidios; 3º. Determinación de planes de acción generales, regionales o sectoriales. Recursos
Qué significa en la práctica
El Instituto cuenta con un consejo consultivo honorario.