Artículo 12Requisitos para ingresar a la Carrera del Investigador: los topes de edad quedaron sin efecto
Texto oficial
El aspirante a ingresar deberá
cumplir con los siguientes requisitos, además de las condiciones
establecidas en el artículo 6º.
a) Para ingresar a la Clase Asistente se deberá
tener no más de 35 años y ser egresado universitario o poseer una
preparación equivalente a juicio del CONICET;
b) Para ingresar a las otras Clases se requiere no
tener más de 40 años para la Clase Adjunto; 45 años para la Clase
Independiente y 50 años para la Clase Principal.
El Directorio, con el voto de los 2/3 de sus
miembros, podrá hacer excepciones a esta norma cuando los antecedentes
del aspirante lo justifiquen, así como invitar a ingresar a la Carrera
a aquellas personas que considere de interés que pertenezcan a la
misma, aunque éstas hayan superado la edad límite fijada para la Clase
en que se lo designe.
(Nota Infoleg: por Art. 1 — Ley 27.385 B.O. 3/10/2017 se deja sin efecto el requisito de edad para el otorgamiento de las becas de investigación del CONICET, como así también para las becas postdoctorales y el ingreso a la carrera de investigador)
Qué significa en la práctica
Fija los requisitos del aspirante, además de las condiciones de clase del artículo 6º. En su texto original exigía no tener más de 35 años y ser egresado universitario (o tener preparación equivalente a juicio del CONICET) para la Clase Asistente, y no más de 40 años para Adjunto, 45 para Independiente y 50 para Principal. El Directorio, con dos tercios de los votos, podía exceptuar de esos topes o invitar a ingresar a personas de interés aunque superaran la edad límite. Atención: esos topes de edad ya no rigen. El Art. 1 — Ley 27.385 (B.O. 3/10/2017) dejó sin efecto el requisito de edad para el ingreso a la carrera de investigador y para las becas del CONICET, tal como lo señala la nota de InfoLeg al pie del artículo. El texto se conserva como fue sancionado, pero la exigencia de edad no es aplicable.