Ley 20.464

Artículo 13Qué hay que presentar para solicitar el ingreso

Texto oficial

Para solicitar el ingreso, el aspirante deberá presentar la relación detallada de sus antecedentes, estudios realizados, investigaciones que haya llevado a cabo y orientación que se propone dar a las mismas en el futuro, así como el plan de trabajo para el período inmediato de un año, en un todo de acuerdo con las normas que establezca el CONICET. Asimismo, indicará el lugar en que desarrollará sus actividades, el que deberá ser expresamente aceptado por el CONICET, y acompañará la conformidad de la institución en que trabajará en los casos previstos en los incisos b, c, d, e y f del artículo 4º, según las normas establecidas en el artículo 10. Si fuera designado en la clase de Investigador Asistente podrá proponer la persona que actuará en calidad de director de trabajo. La Comisión Asesora respectiva podrá citar al Candidato para una entrevista personal, si así lo considera necesario para una mejor evaluación de sus méritos y posibilidades futuras.

Qué significa en la práctica

El aspirante debe presentar la relación detallada de sus antecedentes, los estudios realizados, las investigaciones que llevó a cabo, la orientación que se propone darles en el futuro y el plan de trabajo para el año inmediato, según las normas que fije el CONICET. También debe indicar el lugar donde desarrollará sus actividades —que el CONICET tiene que aceptar expresamente— y acompañar la conformidad de la institución donde trabajará en los casos del artículo 4º. Quien sea designado Investigador Asistente puede proponer a la persona que actuará como director de trabajo. La Comisión Asesora puede citarlo a una entrevista personal si lo considera necesario para evaluarlo mejor.
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