Ley 20.643

Artículo 33Autorización presunta del comitente

Texto oficial

La no manifestación expresa en contrario del comitente hace presumir legalmente su autorización para el depósito colectivo de los valores negociables entregados al depositante. (Artículo sustituido por Art. 160 — Ley de Financiamiento Productivo B.O. 11/5/2018)

Qué significa en la práctica

La falta de manifestación en contrario del comitente presume su autorización para el depósito colectivo.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de la Caja de Valores completaLeyes